El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha planteado a la Comisión Europea que refuerce y amplíe las exenciones que los apoyos públicos a la inclusión de las personas con discapacidad en áreas como el empleo y la formación tienen en la regulación europea de las ayudas de Estado.
Estas exenciones suponen que los Estados miembro no tienen limitaciones o su umbral es mayor en la asignación de ayudas públicas para el fomento o promoción de objetivos sociales, como la mejora de la empleabilidad o la inserción laboral de las personas con discapacidad.
En sus propuestas a la consulta pública abierta por la Comisión Europea sobre el proyecto de revisión de las exenciones del Reglamento General de Ayudas de Estado, el CERMI solicita que se amplíe el catálogo actual de exenciones a las ayudas para favorecer la accesibilidad de los entornos formativos y laborales, no incluidas en la regulación actual y que ahora es objeto de revisión.
De este modo, estarían exentas las ayudas públicas a la accesibilidad del entorno laboral, considerando como tales las medidas adecuadas para garantizar a las personas con discapacidad acceder, en igualdad de condiciones que las demás, al entorno físico de trabajo o de formación, al transporte por motivos de trabajo, a la información y las comunicaciones y la comprensión, incluyendo la información y las herramientas de comunicación, materiales, tecnologías y sistemas en el entorno de trabajo.
En cuanto a las ayudas a la formación, el CERMI plantea el incremento en 20 puntos porcentuales de la intensidad de la ayuda de los gastos subvencionables para costear las medidas de accesibilidad dirigidas a la formación de personas con discapacidad.
En su examen del proyecto de revisión sometido a consulta por la Comisión Europea, el CERMI valora aspectos positivos como la incorporación de disposiciones específicas sobre discapacidad
Así, se contiene una referencia expresa a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el nuevo texto propuesto, tal como se refleja en el considerando 54, que acomoda la definición de » trabajadores con discapacidad» con la noción de persona con discapacidad del artículo 1 de la Convención de las Naciones Unidas.
De igual modo, resulta positivo que las ayudas estatales para las personas con discapacidad hayan quedado exentas de limitaciones al gasto en ayuda estatal anual, es decir, el umbral del 0,01% del producto interior bruto (PIB) y 100 millones de euros del Estado miembro de que se trate).
Fuente: CERMI