El sexto informe de derechos humanos y discapacidad elaborado por el Cermi mantiene una línea similar a los anteriores y continúa su estudio sobre los temas que en mayor medida atentan contra los principales derechos del sector. Entre otros, quedan patentes la falta de educación inclusiva tras la aprobación de la Lomce y la aplicación de los recortes; la continua violencia ejercida contra la mujer con discapacidad y la necesidad de abordarla con un mejor y mayor tratamiento, y la persistencia de tratamientos discriminatorios hacia las personas con enfermedad mental así como una importante discriminación añadida si se aprueba la reforma del código penal que proyecta el Gobierno.
Con la entrada en vigor de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), el Cermi asumió las funciones de organismo independiente para el seguimiento de la aplicación de la Convención en España. Entre esas funciones se encuentra la de elaborar cada año el Informe de Derechos Humanos de España. El correspondiente al año 2013 que presentó este verano es el sexto informe, que se configura como una herramienta de divulgación de las situaciones de discriminación que todavía sufren las mujeres y los hombres con discapacidad, con el objetivo de sensibilizar a los grupos de interés a través de la denuncia y reivindicación de los derechos que consagra la CDPD.
Aunque el informe recorre con detalle algunos de los artículos más destacados de la CDPD y analiza la realidad de los mismos a través de denuncias y acciones positivas, hay tres cuestiones fundamentales en las que conviene detenerse por ser de máximo interés y por encontrarse de plena actualidad, así pues resulta necesaria la reclamación pública a través de todos los medios. En primer lugar la realidad actual de la educación inclusiva tras la aprobación de la Lomce y la aplicación de los recortes; en segundo lugar la violencia y discriminación sufrida por la mujer con discapacidad y en tercer lugar la discriminación hacia las personas con enfermedad mental en la anunciada reforma del código penal, así como la persistencia del Tratamiento Ambulatorio Involuntario (TAI).
No es solo la Lomce
«El Informe pone de relieve que en España no se reconoce el derecho a la educación de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás, y que las reformas que se llevan a cabo, no se adaptan a la Convención sobre derechos de las personas con discapacidad». De manera resumida y directa Inés de Araoz, asesora jurídica de Feaps, explica así la realidad que el informe denuncia en torno a la educación inclusiva en España.
El problema de la educación no ha llegado solo de la mano de la Lomce, tal y como explica Inés de Araoz: «Desde hacía tiempo la situación estaba estancada y sin avances, pero ahora mismo con la crisis se producen también recortes en los apoyos que precisa el alumnado o se incrementan las ratios de profesor por número de alumnos, lo cual también repercute negativamente. Si no existen cambios en la organización de los recursos (no necesariamente más recursos), si no se dota de herramientas al profesorado, si no se intercambian buenas prácticas, si no se innova en educación, si no realizan ajustes razonables, en resumen, si no existe verdadera voluntad no hay posibilidades de que avancemos hacia una verdadera inclusión educativa».
Según esta experta, el informe corrobora las afirmaciones y denuncias del sector de la discapacidad, ya que se pone de relieve que el número de estudiantes con discapacidad disminuye a medida que se realizan estudios superiores.
La importancia de esta denuncia no debería explicarse, sin embargo resulta necesaria a la vista de los hechos, de la realidad, según De Araoz: «creo que es preciso poner de relieve que cuando hablamos de falta de voluntad, de recortes en apoyos o incrementos de ratios no podemos olvidar las consecuencias reales que esto tiene en la vida de las personas, de los niños y de sus familias. Un fracaso escolar, y sobre todo uno debido a una inadecuada atención educativa, es algo muy duro de sobrellevar, que además afecta al futuro desarrollo de la vida de ese niño y que obstaculiza ya desde ese momento, su derecho a ser en un futuro ciudadano de pleno derecho».
El informe apunta cuáles son las algunas de las cuestiones que habría que corregir en nuestra legislación, no sólo en la Lomce, para que esta sea conforme a lo que la Convención recoge.
Cuestión de mujer y niñas
La principal denuncia del informe en temas de mujer es la violencia, ya que según la Macroencuesta de Violencia de Género de 2011, las mujeres y madres con discapacidad son víctimas de violencia de género con mucho mayor frecuencia que las mujeres sin discapacidad.
Desde la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, se está tratando de ampliar datos sobre discapacidad, acogiendo así las demandas del Cermi, explica Mercedes Pérez de Prada, responsable del Área de Género y Discapacidad del Cermi.
Durante el año 2012 se identificaron 7 víctimas de violencia de género con discapacidad, de las 52 víctimas mortales, lo que supone el 13,46% sobre el total.
Según Pérez de Prada, «es importante recordar que el Congreso pidió al Gobierno que cumpla con la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y que apruebe los recursos que sean necesarios para poner en práctica todas las medidas que permitan prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres con discapacidad».
En la Estrategia Nacional para la Erradicación de la violencia contra la Mujer, 2013-2016, se han propuesto distintas medidas para mejorar la vida y la protección de las mujeres con discapacidad, sin embargo, según explica la responsable de Género, «todavía hay que potenciar, reforzar las políticas activas de prevención, integración, información y formación, integrar a mujeres con discapacidad en las campañas y acciones de sensibilización para la prevención de la violencia de género, promover la atención especializada a mujeres con discapacidad que sufren violencia de género, mejorar la accesibilidad del servicio, mejorar la recogida de datos estadísticos que reflejen la incidencia de la violencia de género con discapacidad y un sinfín de actividades más que podrían ayudar mucho en la lucha por la igualdad».
Desde el Cermi insisten en la persistencia de la falta de atención adecuada a las mujeres y madres con discapacidad o madres de personas con discapacidad en lo referente a la prevención, atención y recuperación de las víctimas, así como su escaso acceso a los servicios comunitarios especializados, incluyendo la imposibilidad de acceso a la justicia para mujeres incapacitadas legalmente, que son, precisamente, la población en mayor riesgo de sufrir violencia o abuso. «Nos preocupa especialmente la consideración de la violencia psicológica como posible factor desencadenante de una discapacidad psicosocial que, generalmente, o no se reconoce o se tarda en hacer, agravando consecuentemente la situación de la mujer, dado que, además, la enfermedad mental resultante es escasamente valorada en los certificados de discapacidad», explica Mercedes Pérez de Prada.
Así pues, concluye la experta en este sentido, «es necesario incorporar la discapacidad como indicador de todos los estudios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y en los estudios promovidos por su observatorio específico». Y es que desde el Cermi se mantiene una gran preocupación ante la falta de protección de las mujeres con discapacidad que sufren violencia de género.
Y en cuanto a mujer, cabe destacar otro tema de interés y gravedad que se señala en el informe y que explica Pérez de Prada: «Desde el Cermi urgimos al Gobierno a la erradicación de la esterilización forzosa y que sea considerada en la actual revisión del Código Penal de España en consonancia con las observaciones que el Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad le hizo a nuestro país en septiembre 2011».
Libertad y seguridad en peligro
Según el informe del Cermi “Derechos humanos y discapacidad. Informe España 2013”, uno de los principales problemas o vulneraciones en el caso de las personas con enfermedad mental, se refiere a la reforma del código penal, ya que tal y como explica Irene Muñoz Escandell, asesora jurídica de Feafes: «En relación a los derechos humanos de las personas con trastornos mentales (personas con discapacidad psicosocial), si tuviera que seleccionar una vulneración entre las planteadas por la reforma del Código Penal, pondría el foco en el derecho a la libertad y seguridad de la persona (art.14 CDPD), interpretado fundamentalmente a la luz del principio de igualdad y no discriminación (art.5 CDPD) y en consonancia con el compromiso por parte de los Estados Partes de promover una toma de conciencia que implique la adopción de medidas para luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad (art.8 CDPD)».
Los anteriores requerimientos no se cumplen a la hora de aplicar las medidas de seguridad, tal y como están previstas en el Proyecto de Ley con el que se espera reformar nuestro actual Código Penal. Según Muñoz Escandell: «Esto es especialmente grave en la aplicación de aquellas medidas que implican el internamiento de la persona. El establecimiento del criterio de peligrosidad como fundamento no solo de la aplicación de las diferentes medidas, sino también de su posible prórroga por determinados periodos de tiempo de forma indefinida, introduce de por sí un componente de imprecisión que deja un amplio margen a la arbitrariedad y a la inseguridad jurídica.Hay que tener presente que la psiquiatría no es una ciencia exacta; por lo tanto,la evaluación sobre la que se habrán de fundamentar las decisiones en esta materia estará condicionada por una natural incertidumbre. Además, se puede trasladar justo a la persona más vulnerable, la carga de las carencias y limitaciones del sistema y, por tanto, de su incapacidad para ofrecer recursos adecuados para la rehabilitación».
Al final, tal y como explica esta experta, y como denuncian desde distintos ámbitos, «más que sobre el hecho cometido, se estaría efectuando un juicio sobre la condición de la persona». Y además, la clave en este tema, según reclaman desde Feaps y el Cermi, «está en la reflexión sobre nuestro modelo, en el que lo penitenciario prima sobre lo sanitario». La solución sería fácil y está estudiada y propuesta, sobre papel, por las entidades de la discapacidad: «hay que dotar al sistema público de salud de los recursos necesarios y considerar la implantación de un sistema comunitario de atención, tal y como ha propuesto Feafes en sendos documentos publicados en 2009 y 2013.Se trataría de un sistema basado en una concepción integral de atención a partir de la creación de Centros/Unidades de Salud Mental, completos, de calidad y basados en el modelo biopsicosocial de base comunitaria».
Para finalizar, la comparación es útil en muchos casos, como la siguiente que establece Muñoz Escandell: «la reforma del actual Código Penal habría de garantizar, entre otros aspectos, el ejercicio del derecho a la libertad y seguridad de las personas con trastornos mentales y su efectivo acceso a la justicia. Esto requiere una profunda reflexión sobre los componentes esenciales que configuran las medidas de seguridad (su finalidad terapéutica y el controvertido concepto de peligrosidad); así como sobre la función de atención y custodia de las personas sometidas a las mismas, cuando la medida consiste en su internamiento. En nuestro país esta función se ha atribuido a la Administración Penitenciaria, pero hay prácticas internacionales, mucho más acordes con una perspectiva de derechos humanos, en las que se ejerce por el sistema público de salud en coherencia con la realidad de que se está abordando un proceso de salud mental».
En cuanto al TAI, el propio Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad efectuó en 2011 una serie de Observaciones al Informe inicial presentado por España, en virtud del artículo 35 de la Convención, entre las que se solicitaba la supresión de la administración de tratamientos médicos sin el consentimiento, pleno y otorgado con conocimiento de causa, del paciente.
Desde esta perspectiva, Feafes ve en el TAI: «una medida coercitiva, que implica el sometimiento de una persona con trastorno mental a un tratamiento de manera no voluntaria y, por tanto, no acorde con un enfoque de derechos humanos. Por el contrario, Feafes, identificada con el modelo comunitario de atención, reclama una atención integral para las personas con trastornos mentales y sus familias, cuya idea central radica en la atención desde unidades/centros de salud mental con equipos multidisciplinares completos, constituyendo una alternativa eficaz a recursos contrarios a las normas y estándares de derechos humanos como es el TAI».
Elaboración del informe
Para la elaboración de este informe de derechos humanos y discapacidad, el Cermi recurre a varias fuentes de conocimiento, principalmente las consultas y denuncias recibidas en el propio Cermi como organismo independiente de seguimiento; las acciones emprendidas como consecuencia del trabajo propio de la Entidad; laspersonas y entidades colaboradoras, tanto del movimiento asociativo como pertenecientes a los distintos ámbitos jurídicos; y las noticias publicadas en prensa o difundidas en redes sociales que han originado una investigación por parte del Cermi.
En la primera parte, la principal, se hace un análisis siguiendo determinados artículos de la Convención, como son los siguientes: mujer; niños y niñas con discapacidad; toma de conciencia; accesibilidad; acceso a la justicia; libertad y seguridad de la persona; protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; protección contra la explotación, la violencia y el abuso; libertad de desplazamiento y nacionalidad; derechos a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad; movilidad personal; educación; salud; trabajo y empleo; nivel de vida adecuado y protección social; participación en la vida política y pública; participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte, y recopilación de datos y estadísticas.
El análisis de estos artículos incluye información relativa a las Vulneraciones, las acciones positivas, las resoluciones judiciales que interpretan o aplican la Convención y a otras informaciones de instituciones dedicadas a velar por los derechos de los hombres y de las mujeres con discapacidad.
Datos generales
Durante el año 2013, el número de consultas que se recibieron en la Asesoría Jurídica del CERMI ascendieron a un total de 422. Respecto del año 2012, se han registrado 105 consultas más, lo que representa un 33,1 % más.
Del total de las consultas recibidas, 32 se tramitaron como posibles vulneraciones de derechos fundamentales, siendo el resto solicitudes de información en las que todavía no se habían producido acciones discriminatorias. En estas últimas las personas usuarias del servicio generalmente reclamaban un conocimiento de sus derechos para evitar situaciones de vulneración.
Las consultas distribuidas por género muestran lo siguiente: el 60 % por ciento de las consultas fueron realizadas por hombres; de las cuales el 3 % corresponden a niños y niñas. El 40 % de las consultas han sido realizadas por mujeres, el 3 % de las mismas procedentes de niñas. La distribución respecto del año anterior no ha sufrido grandes variaciones puesto que el año pasado el 59,94 % correspondía a hombres y el 33,89 % por ciento a mujeres.
Y según el mismo informe, las conclusiones principales del mismo serían: El número de consultas atendidas ha aumentado en 105 respecto a las recibidas en 2012, lo que supone un 33,1 %; el número de expedientes tramitados como posibles vulneraciones de derechos ha disminuido respecto del año anterior, y supone en torno al 8 por ciento de las consultas; las mujeres siguen acudiendo a este servicio de consultas en menor número que los hombres, a pesar de que el número de mujeres con discapacidad es superior poblacionalmente; las personas con discapacidad física son las que en mayor medida acuden a nuestro servicio identificando su tipo de discapacidad; atendiendo al territorio de origen, el mayor número de consultas de ha registrado en las Comunidades Autónomas de Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana y finalmente, se pueden resaltar como temas recurrentes, que presentan una conflictividad importante y generan dudas a las personas con discapacidad y sus familias, los siguientes: las prestaciones sociales y económicas; la inclusión laboral y el acceso al empleo, la accesibilidad universal y la educación.
Fuente: Solidaridad Digital