El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad ha interpuesto un recurso de alzada contra la resolución por la que se procede a modificar las condiciones de financiación de medicamentos, según informa Servimedia.
El Cermi señala que esta aportación del usuario con discapacidad, comúnmente llamada copago, vulnera directamente el derecho a la salud que recoge la Convención de la ONU, ratificada por España, ya que las personas con discapacidad tienen un gasto familiar o personal “muy superior”, que está asociado a la propia discapacidad, por lo que se encuentran en una situación de discriminación y desventajas sociales.
A juicio dell Cermi, el establecimiento de esta nueva aportación agrava esta situación discriminatoria, ya que consiste en hacer pagar parte del coste de estos productos farmacéuticos a todas las personas sin tomar en consideración la discapacidad y la situación específica.
Para el Cermi, con la aprobación de esta resolución se está produciendo “un grave quebranto en los derechos de las personas con discapacidad y sus familias”, ya que vulnera el tratado internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Además, esta decisión ministerial, que ha sido recurrida por el Cermi, “no explicita con claridad y de forma indubitable que se respete la disposición normativa que establece la exención de abono de aportación por el consumo de especialidades farmacéuticas, de la que gozan los beneficiarios del sistema de prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad”, por lo que también vulnera la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad (Lismi).
Por otra parte, pone de manifiesto que dicha resolución “no ha sido informada” por el Comité Consultivo del Consejo de Participación Social del Sistema Nacional de Salud, que es el órgano, dependiente del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, mediante el cual se hace efectiva, de manera permanente, la participación social en el Sistema Nacional de Salud.
Además, esta resolución tiene incidencia en un “número importante” de personas con discapacidad y sus familias, a quienes el Cermi representa y a quienes defiende sus intereses y derechos, y, según establece la Liondau, la administración que la dictó está obligada a consultar a esta organización toda decisión que les afecte.
“Es una resolución manifiestamente perjudicial para las personas con discapacidad y sus familias, a las cuales no se han tenido en cuenta para adoptarla, y es claramente discriminatoria precisamente para un grupo social que precisa de apoyos más intensos y significativos en una materia tan sensible como es la de la salud y que atenta gravemente contra las normas de rango legal”, concluye el Cermi.
Fuente: Servimedia