El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la Ley Orgánica 2/2020 que modifica el Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente, que entrará en vigor mañana, viernes.
La reforma elimina el párrafo segundo del artículo 156 del Código Penal que despenalizaba las esterilizaciones no consentidas, previa autorización judicial y culmina una de las iniciativas que venía impulsando el movimiento asociativo, canalizada a través del Comité Español de Representante de Personas con Discapacidad (Cermi) y de la Fundación Cermi Mujeres.
Ambas entidades han expresado su satisfacción por el hecho de que, “una vez más, la discapacidad sea motivo de grandes acuerdos políticos, precisamente en un momento en el que la capacidad de consenso está tan deteriorada en el contexto actual”.
Para el movimiento Cermi, “es un momento histórico en la legislación española sobre derechos de las personas con discapacidad, especialmente para las mujeres, que eran las más afectadas”. En su opinión, “el activismo de las mujeres con discapacidad ha logrado un hito, que es desterrar del ordenamiento jurídico la esterilización forzosa, que todavía permanece en muchos países, incluso europeos, evidenciando la fuerza de una sociedad civil con capacidad de propuesta, persuasión y convicción política”.
El preámbulo de la ley que este jueves publica el BOE explica que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en el 2006, ratificada posteriormente por España y que entró en vigor en 2008, recoge una serie de artículos específicos sobre los derechos de las personas con discapacidad en relación a la formación de una familia, un hogar, ser padres y madres y las relaciones personales de los mismos.
En concreto mandata que los Estados partes tomen «medidas efectivas y pertinentes para poner fin a la discriminación contra las personas con discapacidad en todas las cuestiones relacionadas con el matrimonio, la familia, la paternidad y las relaciones personales, y lograr que las personas con discapacidad estén en igualdad de condiciones con las demás».
La nueva ley que entrará en vigor mañana viernes en España también establece que el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de ley de modificación de la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica, y de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, con el objetivo de reforzar que las personas con discapacidad que precisen de apoyos humanos y materiales, incluidos los tecnológicos, cuenten con la información necesaria y la documentación clínica en formatos, canales y soportes accesibles para que la decisión que adopten en su calidad de pacientes sea «libre e informada», y para reforzar la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad.
Fuente CERMI