La Consejería de Salud y Familias ha establecido nuevas actuaciones y medidas de prevención en los centros residenciales, con el objetivo fundamental de evitar la aparición de brotes tanto en las residencias como en centros de día, centros ocupacionales y de participación activa.
Entre estas medidas, se incluye la realización de PCR a todo nuevo ingreso o residente que regrese tras un periodo prolongado fuera del centro (mayor a 10 días). La prueba deberá realizarse en las 72 horas previas al ingreso. Esta misma medida se tomará en el caso de los nuevos profesionales que se incorporen a los centros y para aquellos que regresen tras un periodo superior a 10 días.
Igualmente, todo nuevo ingreso o regreso deberá realizar cuarentena 14 días, durante los cuales se realizará vigilancia activa de síntomas por parte del personal del centro. Los nuevos ingresos se producirán en aquellos centros que no cuenten con casos positivos en los 14 días previos.
Las salidas voluntarias del centro de una persona al domicilio familiar se harán efectivas siempre que se reúnan las siguientes condiciones: la persona residente permanece estable y sin síntomas asociados al Covid-19 en los últimos días, la persona residente tendrá una prueba PCR con resultado negativo para Covid-19 o una prueba serológica de detección de anticuerpos IgG para la enfermedad con resultado positivo, compromiso de quedar en vigilancia en el domicilio familiar durante un periodo de 14 días, o todo el periodo si fuera inferior a éste y seguir las indicaciones generales sobre las medidas de prevención. Para ello, deberá constar una solicitud de salida y una declaración responsable por parte de la familia, debidamente acreditada, con el consentimiento expreso del residente.
Visitas
En cuanto a las visitas, se suspenderán en aquellos centros donde exista al menos un caso confirmado de Covid-19 entre los residentes o los trabajadores hasta 28 días desde el último diagnóstico, así como si hay más de tres casos en sospecha hasta conocer resultado negativo de las pruebas PCR.
En el resto de situaciones, las visitas de familiares a los centros residenciales estarán permitidas siempre que la situación epidemiológica y determinadas características del centro (la capacidad de aislamiento y la disponibilidad de profesionales sanitarios propios) lo permitan. Las visitas continuarán siendo de un único familiar que deberá declarar estar asintomático y siempre se facilitará la visita para el acompañamiento al final de la vida, con las suficientes medidas de protección para garantizar la seguridad de las mismas.
La decisión de restringir o suspender las visitas vendrá determinada por el mayor riesgo de penetración de la infección por Covid-19 y de la capacidad de respuesta del centro. Se tendrá en cuenta la incidencia acumulada en los últimos 14 días en el distrito sanitario correspondiente y el porcentaje de casos confirmados en los que existe identificación del vínculo epidemiológico.
Paseos
Las salidas para paseos (10 días o menos) se suspenderán en aquellos centros donde exista al menos un caso confirmado de Covid-19 entre los residentes o los trabajadores hasta 28 días desde último diagnóstico, así como si hay más de tres casos en sospecha hasta conocer resultado negativo de las pruebas. En el resto de situaciones, se permitirán en función de la situación epidemiológica y las características del centro.
En las salidas por motivos ineludibles, las personas residentes y sus acompañantes deberán extremar las medidas de prevención e higiénicosanitarias y, a la vuelta, estará en vigilancia activa por parte de los profesionales del centro, además del mantenimiento del resto de medidas de prevención en el interior del centro residencial. En los centros residenciales con plazas concertadas, la salida voluntaria no podrá exceder de 30 días en un año.
La Consejería de Salud y Familias insta además, a los centros residenciales a implementar planes de humanización para paliar los efectos negativos que el aislamiento puede generar en la capacidad física, cognitiva y emocional de las personas institucionalizadas. Estos planes incluirán actividades para potenciar las relaciones sociales entre los residentes, un plan de ejercicio físico y mental para preservar sus capacidades y evitar el deterioro, medidas de apoyo psicológico, mantenimiento diario de las relaciones de los residentes con sus familiares haciendo uso de las nuevas tecnologías, potenciando las videollamadas para permitir la comunicación oral y visual entre usuario y familia.
Los profesionales de los centros residenciales explicarán a las personas usuarias y sus familias la importancia y la complejidad de adoptar estas medidas.
Centros de día, ocupacionales y de participación activa
Los centros de día, centros ocupacionales y centros de participación activa se mantienen abiertos, a excepción de aquellos casos en los que la situación epidemiológica de la zona geográfica donde estén ubicados indique una restricción o se declare algún positivo en Covid-19 en trabajadores o personas usuarias.
En el caso de restringir o suspender las actividades presenciales se realizará un seguimiento proactivo, al menos telefónicamente, promoviendo la continuidad del servicio en domicilio, con realización de actividades programadas telemáticamente. Se priorizará, en la prestación del servicio, a aquellas personas con mayor grado de dependencia y, dentro de éstas. a las que presenten alteraciones cognitivas o sean personas vulnerables derivadas mediante urgencia social.
En el caso que la situación epidemiológica indique la restricción de las actividades presenciales, no podrán compartir zonas comunes al mismo tiempo las personas usuarias de centros de día o centros ocupacionales, con las personas usuarias de los centros de carácter residencial. Asimismo, los trabajadores de centros mixtos no podrán compartir los diferentes ámbitos de atención
Se realizará PCR a todo nuevo usuario o retorno de los mismos tras un periodo prolongado fuera del centro (mayor a 10 días) en las 72 horas previas a su ingreso. Además, no se permitirá el acceso al centro a aquellas personas que hayan presentado síntomas compatibles hasta aclarar el diagnóstico o aquellas que hayan estado en contacto con personas con síntomas clínicos compatibles con Covid-19 durante los 14 días previos al acceso al centro.
Toda esta información queda recogida en BOJA Extraordinario nº 50 de 13 de agosto 2020
Aclaración al BOJA 13 de agosto
Aclaracion al BOJA 13 y 16 de agosto
Fuente: Junta de Andalucía.